El Plan Infoca pide la colaboración de los ciudadanos y agricultores en la prevención de siniestros forestales.

Así lo ha indicado la Junta en una nota en la que además ha explicado que la medida está regulada en función de la orden publicada en BOJA el 29 de mayo de 2009, que ya con carácter permanente establece las prohibiciones desde el 1 de junio al 15 de octubre para todas las anualidades posteriores a su publicación.
En este sentido, ha destacado que la finalidad de esta orden es evitar que cualquier negligencia pueda provocar un incendio forestal durante esta época en la que, por sus características meteorológicas, "el peligro y propagación de los incendios aumentan de forma considerable".
Las restricciones afectan a la quema de vegetación natural y también a las de residuos agrícolas y forestales. Del mismo modo, también queda prohibido encender fuego para la preparación de alimentos, incluyendo las zonas de acampada o zonas recreativas que estén acondicionadas para ello. Igualmente, se restringe el uso de vehículos a motor por zonas forestales y de influencia forestal.
En esta línea, la Administración autonómica ha recordado que la prohibición de realizar barbacoas, quemas agrícolas o de residuos forestales, así como el paso de vehículos a motor en zonas forestales se viene aplicando desde la anualidad de 2006, siendo una medida que está ayudando a reducir los siniestros por estas causas.

En lo que respecta a la utilización de vehículos a motor, sólo se permite en algunos casos, como el uso de las servidumbres de paso, la utilización de vehículos para servicios de emergencia o extinción de incendios, los servicios ecoturísticos autorizados, o la celebración de romerías, entre otros.
COLABORACIÓN CIUDADANA PARA EVITAR INCENDIOS
Por otra parte, la Junta ha informado de que a partir del 1 de junio, las condiciones meteorológicas en Andalucía se vuelven muy extremas, con períodos de altas temperaturas y baja humedad relativa, lo que favorece el estrés hídrico de la vegetación, y en consecuencia una mayor propagación de los incendios en caso de que estos se produzcan.

Además, en cuanto a las quemas fuera de las terrenos forestales o de influencia forestal, pero que se lleven a cabo en espacios calificados por la normativa de incendios como Zona de Peligro, deberán ser comunicadas previamente a la Delegación Territorial de cada provincia, y habrán de finalizar a las 18,00 horas de cualquier día de la semana.
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